Algunos hechos en Nuestra Historia Previsional
Durante la presidencia de Nicolás Avellaneda, en el año 1877 se sancionó la ley Nº 870, hoy considerada la primera jubilación de privilegio de nuestra historia. Establecía que los ministros de la Corte Suprema de la Nación y los jueces, que alcanzaran los 60 años de edad, y que hubiesen ejercido la magistratura durante diez años consecutivos, estarían habilitados a dimitir de su empleo con goce íntegro de sueldo hasta el final de sus días. Era un beneficio graciable, es decir, sin condición de aportes previos. No hay registros de que se haya hecho efectiva.
En el año 1884, era presidente de la nación Faustino Sarmiento y con la ley 1420 de Educación Común, se estableció por primera vez, una jubilación para maestros y preceptores. Los recursos también eran provistos por el Estado.
Fue el 20 de Septiembre de año 1904, durante la presidencia de Manuel Pedro Quintana, cuando el Congreso de la Nación promulgó la ley 4349, primera ley jubilatoria sancionada en la Argentina. Se creó así la primera Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles, reconociendo este beneficio a empleados, agentes civiles y funcionarios del estado, entre otros. Cada uno de los trabajadores contribuía con una parte de su sueldo a solventar el sistema de jubilación.
Cabe mencionar que se reconoce a don Alfredo Palacios, diputado socialista, como uno de los grandes impulsores del sistema de jubilación para los trabajadores. Presentó varios proyectos de ley con ese objetivo. Sin embargo, fueron los sindicatos los que se organizaron para generar las Cajas de jubilaciones. Como ejemplos podemos decir que en 1911 fueron las de los ferroviarios, en 1921 la del personal de los servicios públicos, que a su vez incorporó a los bancarios en 1922. La de Empleados de Comercio vio la luz en 1944 y la de los trabajadores marítimos y los de la industria en 1946.
En memoria del citado 20 de Septiembre de 1904 es que se celebra en nuestro país el Día del Jubilado.